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Resumen de ponencia
La acción pública frente a las migraciones. Reconstrucción del caso de las familias indígenas jornaleras migrantes mixtecas en León, Guanajuato, México.

Universidad Iberoamericana León. Departamento de Ciencias Sociales y Humanidades - UIA-L (México)

*David Martínez-Mendizábal



Desde el 2012 se registra en Guanajuato la presencia de población mixteca (na´savi) jornalera agrícola, proveniente de manera preponderante del estado de Guerrero, uno de los más pobres del país. Desde los municipios de Ometepec, Tlapa, Cochoapa el Grande y Metlatónoc, las familias arriban a diferentes municipios guanajuatenses: Silao, Romita, San Francisco del Rincón, Dolores Hidalgo, Manuel Doblado, Valle de Santiago, Purísima y León. Existe migración “golondrina” en México desde hace varias décadas, sin embargo, hasta ese año, no se habían presentado en esta zona del país.
En el mes de mayo del 2012 el Centro de Desarrollo Indígena Loyola (CEDIL), organismo de la sociedad civil, se acercó a este fenómeno migratorio, sin precedente en la región del Bajío central de México, y se visitaron los campos agrícolas durante los meses de mayo a agosto, con la finalidad de conocer la problemática. Se encontraron que las condiciones en las que se trasladan y se establecen en las comunidades rurales aledañas a los campos de cultivo son, en extremo, violatorias a los más elementales derechos humanos.
La situación en la que se desplazan y se asientan las familias jornaleras migrantes reúne, en espacio y tiempo, buena parte de los riesgos sociales propios de ambientes carenciados: niñez desprotegida, mujeres con múltiple jornada, salud endeble, alimentación por debajo de los niveles recomendados, habitaciones indignas, discriminación étnica, explotación laboral, en fin, la síntesis del estado de malestar en México. La incapacidad secular, para atajar la creciente pobreza nacional y abrir espacios de desarrollo para las comunidades y pueblos indígenas según sus propias concepciones y decisiones, se encuentra como factor eficiente en la producción y reproducción de la población migrante.
La actuación de las autoridades nacionales, estaduales y municipales ha sido irregular, a cuentagotas e intermitente, con brotes muy endebles de atención. Conceptualmente se puede denominar de diferentes modos, dependiendo de la escuela de pensamiento: Estado ausente, Estado clasista, Estado fallido o Estado con actuación irregular territorialmente.
Desde el 2013 este trabajo incorpora entre otras actividades un vínculo con la Universidad Iberoamericana León, quien con la estrategia de investigación-acción, ha dotado al CEDIL de información útil para presionar e incidir en la construcción de políticas y acciones públicas que enfrenten el grave problema social de las familias jornaleras. Se tienen ya, tres reportes de investigación.
En esta ponencia se hace un corte crítico del proceso 2013-2018 y conforme a las investigaciones realizadas se establecen un conjunto de reflexiones de cara al papel de las instituciones del Estado mexicano y al establecimiento de un modelo de atención que asegure políticas públicas con enfoque de derechos.
Se hace énfasis en la necesidad de contar con conceptos pertinentes para comprender el fenómeno de las nuevas migraciones, se proporcionan datos sobre la diversa violación de derechos humanos en la población indígena asentada temporalmente en esta región mexicana y se ponen a discusión un conjunto de líneas estrategias para la estructuración de políticas y acciones públicas –modelo de atención- con enfoque de derechos y por tanto desde la óptica de la interculturalidad, demandada por los pueblos originarios de Latinoamérica.
Este enfoque toma mayor relevancia en México a partir del 2011, pues se introdujo el concepto de derechos humanos en el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y motivó la modificación de otros diez artículos constitucionales relacionados con aspectos diversos como la educación, las responsabilidades de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la política internacional y las obligaciones de la Presidencia de la República. Este cambio constitucional se relaciona con la problemática de la migración indígena jornalera en dos aspectos sustantivos: las obligaciones del Estado, el enfoque de derechos en políticas públicas y el nuevo estatus que adquieren los tratados internacionales.
Más allá de las posturas idealistas que esperan un cambio radical de la realidad cuando se modifican los ordenamientos legales, supondría también una posición ingenua obviar la importancia de la inserción de un concepto tan potente, con numerosas modificaciones al texto normativo principal del país y no esperar trasformaciones programáticas.
El enfoque de derechos implica, conceptualmente, un acercamiento a la realidad de las familias migrantes con lógicas distintas a las que privan tradicionalmente cuando se diseñan e implantan las acciones y políticas públicas. La arquitectura institucional relativa al desarrollo social en México está estructurada con una lógica de acomodamientos históricos, de modo que el edificio social se sustenta en miradas disímbolas y el nuevo enfoque de derechos humanos puede ser un camino alentador en este terreno complicado y contradictorio.




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* Martínez-Mendizábal
Departamento de Ciencias Sociales y Humanidades. Universidad Iberoamericana León - UIA-L. León, México