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Resumen de ponencia
EL DERECHO DESDE LA TEORÍA DECOLONIAL: UNA MIRADA AL CONSTITUCIONALISMO COLOMBIANO EN PERSPECTIVA COMPARADA

*Daniela Narvaéz Benavides
*Mauricio Chamorro Rosero



La teoría decolonial sostiene que la construcción de la dicotomía centro-periferia y la jerarquización étnico-racial de las poblaciones en América Latina, establecidas durante varios siglos de expansión colonial europea, no fueron transformadas significativamente a partir de los procesos de independencia y la posterior organización de los Estados-nación (Castro-Gómez y Grosfoguel, 2007). Esto se debe a que la decolonialidad reconoce que los procesos coloniales europeos, desplegados en América Latina a partir del siglo XV, no pueden reducirse a las imposiciones administrativas que los centros ejercían sobre las periferias, como lo contemplaban los procesos independentistas. La colonialidad europea es una estructura de dominación que dictamina el ser y el deber ser de las relaciones raciales, étnicas, sexuales, epistémicas, económicas, ecológicas y de género de los pueblos de la periferia, y que construye paralelamente la modernidad para los centros.

Lo anterior indica que el proceso de descolonización de América Latina, representado por las guerras de independencia del siglo XIX, debe entenderse como un proceso inconcluso, ya que se limitó únicamente a la independencia burocrática de las periferias. Por su parte, los marcos legales y constitucionales de las nacientes repúblicas reproducían la estructura de dominación impuesta por la colonialidad. El antropocentrismo y la concepción del Estado unitario –entre otras– se erigieron como las categorías jurídicas a defender. Como asegura Leticia Reina y Cuauhtémoc Velasco (1997), la proyección de las formas coloniales significó, sobre todo, la conservación de una cultura de la dominación que se extendió hasta nuestros días.

Sin embargo, pese a que muchos marcos legales y constitucionales de América Latina aún se encuentran influenciados por la colonialidad, el siglo XX y la primera década del presente siglo fue testigo de procesos constituyentes que culminaron con la promulgación de constituciones que pretenden reestructurar las relaciones impuestas por la expansión colonial europea, como el caso de las Constituciones de Colombia, Venezuela, Cuba, Ecuador y Bolivia. En este sentido, América Latina está desafiada a incorporar categorías jurídico-políticas, como la interculturalidad y los derechos de la naturaleza, que respondan al contexto real y que se avizoren como nuevos paradigmas constitucionales en los cuales se fortalezca la necesidad de superar un constitucionalismo tradicional mediante una constitución horizontal.

Como todo orden jurídico, los sistemas constitucionales convergen sobre las disputas de la realidad social y los procesos de regulación sostenidos en la incorporación del deber ser, que a su vez inciden de manera directa en los criterios facticos de la democracia. Actualmente, algunos países de América Latina han tenido grandes trasformaciones jurídicas y, especialmente, constitucionales en donde se trastocan, de manera profunda, las realidades sociales que las Constituciones antecesoras no previeron.

Por tal razón, la presente investigación surgió como consecuencia de los cuestionamientos sobre los alcances del constitucionalismo en tiempo de transformaciones y reconocimientos sociales y culturales. En este sentido, se observa una trasformación de una constitución que sobrepasa los requisitos elementales que se establecen en el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, y que pretende superar las estructuras coloniales generadas a lo largo de la historia con gran incidencia en el ordenamiento jurídico.

En ese orden de ideas, fue necesario y pertinente prestar atención a las teorías decoloniales y constitucionales que revisten la realidad de América Latina, partiendo de las narraciones constitucionales sobre el progreso y el bienestar, que en general van de la mano con ciertas geoculturas históricas dominantes o hegemónicas en el sistema mundial (Wallerstein, 2004). De esta manera, se buscó comprender un nuevo panorama constitucional visto desde los países latinoamericanos que, comenzando en el siglo XXI, abrieron un ciclo electoral en el que brotaron cambios significativos en la escena política y que configuró una gran transformación en nuestras regiones desde el punto de vista económico y social.

En consecuencia, se estima la identificación de un constitucionalismo decolonial latinoamericano que, visto desde Luiz Fernando Coelho, requiere demostrar que el modelo piramidal y vertical del ordenamiento jurídico no es más que una abstracción mitológica fomentada para justificar un orden jurídico fundamentalmente injusto en una sociedad desigual (Coelho, 2006). Frente a esto se propone considerar a la Constitución y al derecho desde la óptica social, en donde no solamente se busque la mera declaración y privilegios de derechos albergados en la Carta Magna, sino que, por lo contrario, se estructuren derechos que puedan integrarse en un proyecto político más audaz y de trasformación social (Coelho, 2006).




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* Narvaéz Benavides
Universidad Cooperativa de Colombia - UCC. Pasto, Colombia

* Chamorro Rosero
Universidad Cooperativa de Colombia - UCC. Pasto, Colombia