El sindicalismo tras las reformas laborales en México y Brasil
Uno de los elementos fundamentales del capitalismo en su etapa mundializada, que comprende los cambios ocurridos a partir de la década de 1970 del siglo pasado, se refiere a la reestructuración de la producción y con ello la configuración de lo que se ha llamado como una nueva morfología del trabajo, caracterizada por una mayor fragmentación y heterogeneización, y flexibilización del proceso de trabajo. (Antunes, 1997)
En lo que se refiere a las economías dependientes, como es el caso de Brasil y México, eso proceso también ha implicado el cambio de la base económica nacional hacia una composición más internacionalizada, en donde las empresas estatales, los grandes grupos privados y los recursos naturales (petróleo, minerales, energía) son objeto de disputa de grandes capitales extranjeros. De este proceso, lo que interesa para la discusión aquí propuesta es su imperiosa necesidad de generalizar un patrón de relaciones laborales pertinente a dicho modelo.
Lo que se exige para el buen funcionamiento de ese capitalismo mundializado es una fuerza de trabajo atomizada, por piezas, que el patrón pueda contratar y demitir cuando le convenga, que los salarios sean variables de acuerdo a lo producido y que las condiciones de trabajo sean negociables en cada situación. Además, se impulsan distintas formas de contratos individualizados previamente firmados por el trabajador, donde este acepta las condiciones e incluso renuncia derechos, o se compromete a no demandar la empresa en la justicia posteriormente.
Las reformas laborales aprobadas en los últimos años, en México en el año de 2012 y en Brasil en el año de 2016, cumplen con tal objetivo, pues lo que hacen, esencialmente, es cambiar la naturaleza de la legislación laboral, pasando de la protección y tutela del trabajador anteriormente vigente – con todas sus limitaciones, por cierto – en dirección a un modelo que ofrezca garantías jurídicas para que el empresariado pueda ajustar y estimar el costo del trabajo de acuerdo con sus necesidades e intereses. Además, sirven para institucionalizar una fuerza de trabajo estructuralmente superexplotada, que en las décadas recientes han enfrentado un proceso de precarización de las condiciones de trabajo. Dichas reformas también han impactado en la forma como los trabajadores se organizan para defender sus intereses – ya sea como categorías profesional o cómo clase que vive de la venta de su fuerza de trabajo.
A respeto del último, hay que señalar que el sindicalismo es, sin lugar a dudas, un obstáculo para la implementación de dicho patrón de relaciones laborales. Golpear a los sindicatos y a la organización colectiva de los trabajadores es un intento de siempre del sector patronal, dificultando su actuación y buscando fragmentar e individualizar las relaciones de trabajo. No implica que los sindicatos vayan a desaparecer, sin embargo, el hecho de que logren incluir ese ataque en los términos de la ley sí cambia las condiciones y las formas bajo las cuales la lucha es efectuada, el cómo y desde donde parte la organización.
En Brasil, la nueva ley aprobada por el gobierno de Temer presenta diversos mecanismos que cumplen con tal objetivo. La negociación individual pasa a ser jerárquicamente más importante que la negociación colectiva – e incluso más importante que la ley en variados temas. Un trabajador, por ejemplo, puede ahora negociar un salario y condiciones de trabajo inferiores al contrato colectivo negociado por el sindicato. En que pese la desventaja evidente que acarrea eso, es una tatica que los empresarios pueden utilizar para las nuevas contrataciones: el trabajador será libre para aceptar o no, pero de no aceptar no será contratado. Además, la misma negociación colectiva en una empresa podrá ser hecha por una comisión de trabajadores independiente del sindicato, en la práctica excluyendo el sindicato de su atribución fundamental: la representación de los trabajadores. Otro punto importante es el fin de la contribución sindical compulsoria, siendo que ahora el trabajador que desee contribuir a la entidad que lo representa debe entregar una carta al patrón (!) solicitando el descuento.
En México, la reforma laboral aprobada como último acto del gobierno de Felipe Calderón en 2012, también ha trastocado el tema de la organización sindical, aunque de manera contradictoria. Por un lado, mantuvo intocada la histórica relación de los sindicatos con el sistema político, responsable por generar el fenómeno del corporativismo, que asegura privilegios y poder a esos gremios al mismo tiempo que sirve como un freno a la organización sindical autónoma. Por otro lado, se buscó incluir algunas medidas que visan otorgar mayor transparencia y democracia en la actuación sindical, como el voto libre y secreto en la elección de los representantes y el derecho de que los trabajadores puedan negarse a pagar las cuotas sindicales. También se ha suprimido la cláusula de exclusión por separación, donde un trabajador podría perder su empleo si renunciaba o era expulsado del sindicato.
En la historia del sindicalismo, no fueron pocos los momentos en que la situación pareciera desacreditar la acción organizada de los trabajadores. Basta recordar que en el inicio del siglo pasado las huelgas y protestas no eran permitidas y el trato que les brindaban los Estados era a través de la policía. También se puede recordar que en Brasil, durante la última dictadura militar (1964-1985), los dirigentes sindicales eran demitidos y/o encarcelados y los sindicatos pasaban al control de “interventores” indicados por el gobierno. O se puede tomar el ejemplo de México, donde la existencia del sindicalismo corporativo y autoritario desde hace muchas décadas bloquea la emergencia de luchas autónomas y los sindicatos que se logran organizar de manera autónoma sufren el peso de la represión del Estado.
Resulta que aún bajo estas condiciones adversas, la historia demuestra que emergen luchas que rompen el esquema oficial y categorías que logran organizarse autónomamente, cómo han sido en su momento la Central Única de los Trabajadores (CUT) y el “Nuevo Sindicalismo” que han enfrentado la dictadura militar en Brasil; o importantes luchas como las que han protagonizado en México el Sindicato Mexicano de los Electricistas (SME) y la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) en los últimos años.
Esas consideraciones ameritan que el tema del sindicalismo, que al parecer ha sido orillado en los estudios académicos en los últimos años, vuelva a ocupar un espacio importante en la discusión académica. Por lo tanto, el objetivo de esa ponencia es comprender las formas de organización de la lucha sindical que están surgiendo actualmente, en particular ante la nueva morfología del trabajo y bajo las nuevas relaciones laborales que se han establecido en México y Brasil tras las recientes reformas realizadas en ese á