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Resumen de ponencia
Cambiemos y el acceso a la información pública en Argentina: ¿avances o retrocesos?

*Marina Acosta



Aunque suele ser asociado a un mecanismo de control de la corrupción estatal, el derecho de acceso a la información pública no se reduce a ello pues la información es, antes que nada, un derecho humano y un instrumento para la consecución de otros derechos. El acceso a la información pública representa además un derecho para la participación ciudadana y un requisito indispensable para el desarrollo de cualquier democracia. En América Latina, el interés por el acceso a la información pública y la sanción de leyes de este tipo coincide con la consolidación democrática. Empero, la temática representó hasta 2016 una asignatura pendiente en la Argentina. Es que junto a Bolivia, Costa Rica y Venezuela, el país formó parte de las pocas democracias de la región que no contaban con una ley de este tipo. No obstante, el derecho se consagraba desde hacía tiempo en diversos tratados y convenciones internacionales, con rango constitucional, a través del artículo 75 inciso 22 de la Carta Magna. El reconocimiento del derecho de acceso a la información pública en la Argentina se dio a través de una norma emanada del Poder Eje- cutivo, también en diversas resoluciones del Poder Judicial y en las leyes y constituciones provinciales. La norma surgida de un decreto presidencial- el 1172/2003 de Mejora de la Calidad de la Democracia y sus Instituciones- fue sancionada por el presidente Néstor Kirchner en 2003 y redactada por la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Desde 2002 hasta 2016, tres proyectos legislativos lograron ser debatidos en el Congreso. Dos de ellos perdieron estado parlamentario (en 2005 y 2012), pero durante el transcurso de 2016, ambas cámaras debatieron un proyecto que, finalmente, se convirtió en ley ese año. Durante la campaña electoral de 2015, buena parte del discurso de Mauricio Macri giró en torno a la necesidad de luchar contra la corrupción: uno de los tópicos destacado del entonces candidato de la alianza Cambiemos fue la transparencia del Estado. A poco de llegar a la presidencia, Macri anunció el envío al Congreso de un nuevo proyecto de acceso a la información pública. El mismo había sido redactado por funcionarios de la Secretaría de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior, del Ministerio de Modernización, de la Secretaría de Relaciones Parlamentarias de la Jefatura de Gabinete, de la Subsecretaria para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia y por la Oficina Anticorrupción. Distintas organizaciones de la sociedad civil celebraron la presentación del proyecto puesto significaba un paso importante para saldar la deuda histórica con el tema. Lamentaron, no obstante, que no hubiese habido una instancia de participación durante la elaboración del texto por parte del Poder Ejecutivo, a través de los mecanismos previstos en el Decreto 1172, dado que sus sugerencias no habían sido tenidas en cuenta en la redacción del mismo. En el fondo, subyacía la idea de que una mala norma podía impedir el ejercicio efectivo del derecho. Tras las presiones de esas organizaciones, sus puntos de vista fueron recogidos en un documento que se anexó al proyecto que luego se convirtió en ley. El gobierno anotó como suyo el triunfo en la sanción de la nueva normativa. En 2017, antes de que entrara en vigor, a través de un decreto de necesidad y urgencia, Macri modificó la ley que había sido consensuada por el Congreso el año anterior. Desarticulado de estrategias complementarias, el acceso a la información pública puede conducir a la paradoja de la creación de una mayor opacidad gubernamental. ¿Es esto lo que ocurrió con ciertas decisiones del gobierno?. La ponencia se propone describir y analizar el posicionamiento de Cambiemos respecto del acceso a la información pública. Presentamos el análisis como un estudio de caso en tanto estrategia de investigación empírica sustentada en múltiples fuentes de evidencia. Para la producción de datos, realizamos un análisis documental.




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* Acosta
Universidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Sociales. Instituto de Estudios de América Latina y el Caribe - IEALC/UBA. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina