En la literatura sobre minorías etno-nacionales e inequidad socio-política en América Latina, los grupos más estudiados (con toda razón) han sido indígenas y/o afro-descendientes. Después, y dependiendo del país que se trate, otros grupos como los migrantes (incluyendo los de retorno) así como sus descendientes, la comunidad LGTB+, etc. han sido sujetos también de atención académica respecto a sus derechos políticos, sociales y civiles.
En todos estos casos, se hace hincapié en las diferencias que dichos grupos enfrentan en la vida real, respecto a los que en teoría tienen como humanos y sobre todo, como ciudadanos – es decir, como miembros de un Estado-Nación. Esto último está relacionado directamente con una de las bases más importantes de la noción de ciudadanía: la equidad fundamental de todos los miembros de la polis – cuando menos, en el sentido estrictamente legal.
Sin embargo, en América Latina existe otro caso de desigualdad entre ciudadanos que, a diferencia de las anteriores, está muchas veces institucionalizada en leyes e incluso en las constituciones mismas: aquella entre los derechos de (1) ciudadanos por naturalización; y (2) ciudadanos con doble o múltiple nacionalidad. Esto ha llevado a la creación de “jerarquías de ciudadanía”, donde estos grupos tienen legalmente menos derechos (políticos, pero también de otros tipos) que los ciudadanos por nacimiento con una sola nacionalidad. Esta limitación (o franca discriminación) generalmente incluye los derechos políticos de la persona: por ejemplo, la prohibición de ocupar ciertos puestos políticos, que muchas veces se refiere a puestos ejecutivos de alta importancia (Presidente, Ministro, altos mandos militares…) pero en otros casos, como México, alcanza a prácticamente todos los puestos gubernamentales, incluyendo los del ámbito más local.
Más aún: en ciertos países, los ciudadanos naturalizados y/o los dobles nacionales también están impedidos de ejercer ciertas profesiones privadas; poseer propiedades en ciertas áreas; invertir en ciertos rubros, etc. Otras prohibiciones para ciudadanos naturalizados incluso alcanzan la capacidad de adquirir otras nacionalidades (cuando los ciudadanos por nacimiento sí la tienen) o de tener derecho a la reunificación familiar.
Esto es importante porque, en el resto del mundo, esta diferenciación entre ciudadanos no existe en lo absoluto, o tiene carácter genuinamente excepcional. Es decir: el principio de equidad legal entre ciudadanos no está en absoluto limitado por la forma en que una persona adquirió la nacionalidad (nacimiento vs. naturalización) o por su adquisición de otras. Esto, por ejemplo, incluye la posibilidad de que ciudadanos naturalizados o dobles nacionales tengan puestos tan altos como Ministros / Secretarios de estado, gobernadores, congresistas etc. y que tengan derechos civiles, sociales, etc. exactamente iguales al resto.
¿Por qué en América Latina, el continente qué más rápido se ha liberalizado p. ej. en términos de aceptación de la doble nacionalidad, subsiste esta inequidad institucionalizada entre ciudadanos supuestamente iguales? Y ¿qué explica las diferencias entre países de la región, donde hay casos donde prácticamente no hay inequidades de este tipo (p. ej. Argentina) a otros muy pronunciados (Honduras, México) y donde la inmensa mayoría tienen al menos algunas instancias?
Como hipótesis preliminar, una de las explicaciones en la subsistencia de ideologías nacionalistas que definen quién es un “verdadero” miembro de la nación y por ende, puede tener todos los derechos – y quién no, aunque nominalmente sea ciudadano. Otras variables, incluyendo tradiciones jurídicas como ius soli vs. ius sanguinis, o historia de inmigración/emigración, tienen un papel complementario.
Esta ponencia presentará los resultados preliminares de mi investigación, que tiene como fuentes principales las bases de datos GLOBALCIT sobre leyes y políticas de ciudadanía, nacionalidad y derechos políticos en el mundo, pero que se enfoca en los casos latinoamericanos.