En el año 2017 no solo se conmemoraron 100 años de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada el 5 de febrero de 1917, sino también más de la mitad de las constituciones locales cumplen entre el 2017 y este 2018 el centenario de su promulgación.
Por lo anterior, poco más de cien años de existencia de la norma superior federal y de la mayoría de aquellas locales, resulta pertinente reflexionar sobre la importante autonomía que la Constitución de 1917 le otorgó a las Entidades federativas, una autonomía que de forma paulatina ha ido disminuyendo ante las recientes reformas que, en aras de una mayor coordinación, uniformidad y funcionalidad nacional, los poderes legislativos y ejecutivos locales se han visto inmersos en una transición centralista en el fondo.
Ante este escenario, como bien ha mencionado Ricardo Sodi Cuellar, los poderes judiciales de las Entidades Federativas se han convertido en los portavoces para la defensa de la autonomía de los estados, siendo un ejemplo de ello la institución que se ha incorporado en el sistema jurídico mexicano hace apenas poco más de una década: la justicia constitucional local.
La justicia constitucional local en México se incorpora por primera vez en la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave con las reformas publicadas el 3 de febrero del año 2000, y al día de hoy ya suman 18 sistemas de justicia constitucional estatales.
El presente estudio aborda los beneficios de contar con sistemas de justicia constitucional local, que principalmente versan en una mayor protección de los derechos humanos, al permitir al ciudadano –y a los poderes estatales constituidos- acudir a instancias locales para efectos de resolver en última instancia las violaciones a sus constituciones estatales.
Igualmente, con rigor metodológico de derecho comparado, se realiza una radiografía normativa exhaustiva sobre la forma de regular los sistemas de justicia constitucional en cada uno de los Estados, analizando, desde una perspectiva comparada, los órganos protectores de la constitución local y sus mecanismos de control constitucional, para posteriormente evaluar el grado de imparcialidad e independencia de dichos órganos y de justicia pronta y completa respecto de los mecanismos de protección constitucional.
Del estudio comparativo se observa la diversidad tan amplia de regular la justicia constitucional local en cada uno de las Entidades Federativas, con parámetros tan diversos de designación, composición y duración de los tribunales de control constitucionales, así como el alcance, sujetos legitimados, y parámetro de control, de los mecanismos de control constitucional.
Con base en los resultados de la evaluación comparativa, se realiza una propuesta de reforma constitucional modelo, para efectos de armonizar las bases mínimas de la justicia constitucional local mexicana, en aras de consolidar e impulsar dichos sistemas en las 32 Entidades Federativas y con ello buscando fortalecer los principios consagrados en los artículos 17, 116 y 122 de la Constitución General de la República, en lo que respecta a la imparcialidad e independencia de los Poderes Judiciales locales, y la impartición de justicia pronta y completa.
De este estudio, un servidor presenté en febrero del 2018 la primera “petición legislativa ciudadana” ante la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, haciendo uso de este mecanismo de participación ciudadana nunca antes empleado (distinto a la figura de la “iniciativa ciudadana”), para incidir en el debate nacional.
Esta petición legislativa, fue suscrita por la mayoría de los grupos parlamentarios representados, y fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis y discusión. Iniciativa disponible en: http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2018/03/asun_3683258_20180320_1521567188.pdf.
Posteriormente se realizó el “1er Encuentro entre Legisladores, Académicos y Jueces sobre Justicia Constitucional Local”, organizado por un servidor, quien participó como autor de la petición legislativa. En el que se intercambiaron una serie de ideas desde la academia, la función judicial y legislativa en torno a dicho tema. Se puede consultar aquí:
http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Boletines/2018/Marzo/30/5158-Legislar-en-materia-de-Justicia-Constitucional-Local-para-tener-mayor-acceso-a-ella.
Posteriormente, la Comisión de Puntos Constitucionales en abril del mismo año, aprobó por unanimidad la iniciativa de reforma constitucional en materia de justicia constitucional local, originada de la referida petición legislativa ciudadana. Generándose un precedente histórico en la materia.
Todos estos aspectos son abordados y documentados en el presente estudio.