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Resumen de ponencia
LOS PACTOS SEXUALES CIUDADANÍA Y GÉNEROS Autoras: Avila, Meglioli,Tejada

*Gabriela Adriana Tejada
*Laura Fanny Avila
*Viviana Mglioli



LOS PACTOS SEXUALES
CIUDADANÍA Y GÉNEROS
Autoras: Avila, Meglioli,Tejada


Resumen
El impacto de la globalización en Latinoamérica, se ha dado en un marco de saqueo contra las economías locales, con precarización laboral, desalojos, agotamiento de recursos naturales y “democracias delegativas” ineficaces para enfrentar en la región, la inseguridad y violencias de diferentes modalidades, especialmente la de los géneros inferiorizados. A pesar de ese contexto en Argentina a partir del 2003, hubo un avance en los marcos legislativos y políticos que garantizan importantes derechos ciudadan@s hacia el colectivo de mujeres y la diversidad sexual.
Se analiza la relación entre ciudadanía y géneros, en el periodo 2008-2017 en la provincia de San Juan, por cuanto en el 2008 en la provincia la ley de Violencia Contra la Mujer 6542 es reemplazada por una ley de Violencia Familiar 7943/08 que invisibiliza la problemática específica de Violencia de Género, promovida por el Poder Ejecutivo, en un “pacto sexual” “paterno-fraterno” que obstacularizaria el cumplimiento de los derechos y normativas. Esto contribuye a impedir el ejercicio efectivo de igualdad, inclusión y reconocimientos sobretodo de los derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos sobre todo de las mujeres y cuerpo gestante.
El incumplimiento de los derechos se da a través de reclamos y manifestaciones y el activismo social del Ni Una Menos y del Encuentro Nacional de Mujeres entre otros, que abogan por una democracia más real más participativa y plural en la provincia de San Juan.
La cultura patriarcal está conformada no sólo por discursos, normas, valores que influyen en la asignación de roles diferenciados para hombres y mujeres, sino que está cimentada a través de un pacto original entre iguales (hombres libres) que llega con el capitalismo moderno, luego del desmonte del pacto patriarcal tradicional encarnado en la figura del Señor, el soberano, el monarca, el rey, el pater familiae de la antigüedad y la edad media.
Este sistema genera un nuevo orden que separa lo privado de lo público y opera sobre aquellos considerados diferentes al hombre blanco, propietario y heterosexual, con prohibiciones y limitaciones para desempeñarse en la escena pública, a través de un pacto de complicidad y hermandad que desalienta toda crítica, toda escucha, todo reclamo para alcanzar ese status ciudadano.
De acuerdo a la perspectiva de Carole Pateman (1995) el concepto de ciudadano elaborado por la teoría política liberal como un concepto de garantías jurídicas y políticas universales, es criticado desde la teoría de género y del feminismo, explicitando que dichas garantías sólo se aplican entre un hombre blanco, propietario y heterosexual y otros con las mismas características, demostrando efectivamente que todo lo que queda fuera de esa igualdad, no sólo es desemejante sino inferior, dado que dicha desigualdad está atravesada por un pacto sexual que subordina a todos los diferentes, siendo un pacto sexual de dominación.
Conquistar la ciudadanía aparece, entonces, constituyendo uno de los propósitos más caros para los géneros subalternos porque es la esfera de derechos y garantías la que otorga el anclaje jurídico y político esencial para avanzar y consolidar procesos de inclusión de los sujetos sociales (Levín, 2006).
A partir de 1983, con la llegada de la democracia se lograron importantes avances permitiendo un desarrollo más amplio en la construcción de ciudadanía de las mujeres argentinas. Se reformó la Legislación de Familia: Igualación de los hijos ante la ley, divorcio vincular, Patria Potestad compartida, pensión a las concubinas ley de la Prevención de la Violencia Doméstica, la Ley Cupo femenino en las listas electivas de los partidos políticos, en éste ámbito se acaba de legislar sobre la Paridad de Género con la Ley N° 27.412/17.
En el 1994, se amplían más derechos ciudadanos en la reforma constitucional con la adhesión a tratados internacionales como CEDAW y Belem do Pará, permitiendo sancionar la gran mayoría de leyes provinciales de Violencia Familiar con la Ley N° 24.417/94 y posteriormente la aprobación de la Ley Nacional de protección integral a las mujeres Nº26.485/09. Esta ley que tiene rango constitucional se coloca en el nivel de jerarquía normativa más alto en el país.
A comienzos de siglo se suman nuevos derechos y políticas públicas, cotejables con los años 80, estos avances se dan a través de: la Ley de Identidad de género Nº 26.743/09, que reconoce el derecho a la identidad autopercibida de las personas y no patologiza las identidades trans, y otras. La Ley N°25.663 Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable (2003); Ley 26.130 de Ligadura de Trompas de Falopio y Vasectomía (2007); Ley 26.150 de Creación del Programa Nacional de Educación Sexual Integral (2006); Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas y creación de la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata (2008), y su modificatoria Ley 26.482 (2012); Ley 26.618 de Matrimonio entre Personas del Mismo Sexo (2010).
Articulando la equidad de género/s con derechos de justicia social se sancionan otras leyes como La Ley 24.828, Sistema Integrado de Jubilación de Amas de Casa (2007); Ley 26.525 de Servicios de Comunicación Audiovisual que promueve el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado en los medios, evitando toda discriminación por género u orientación sexual (2009), el Programa “Ellas Hacen” de Ingreso Social con Trabajo, destinado a mujeres jefas de hogar con tres hijos o más, y a mujeres víctimas de violencia de género (2013), Ley 26844 de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares(2013).
San Juan mediante el Estado y sus órganos de Protección también desarrollaron políticas públicas, permitiendo la inclusión social de las mujeres mediante la réplica de programas nacionales y las creaciones propias. Sin embargo no siempre acuerdan con el espíritu de reconocimiento a las mujeres como el que se propicia desde el feminismo y los partidos adherentes a nivel nacional con la Ley 26485/09, es el caso de la aplicación de la Ley provincial N°7943 de Violencia Familiar, reemplazada recientemente por la 989-E/2016, cuyo principal objetivo no son la violencia hacia la mujeres específicamente, sino que el objeto está dirigido a la familia (niños, adultos mayores discapacitados y mujeres entre otros). Las limitaciones de dicha ley no sólo invisibiliza la violencia específica de las mujeres, sino que ésta violencia está circunscrita al ámbito privado o familiar. Este argumento destaca que la mujer sólo es considerada como un emergente de la familia, esposa, madre, hija, y no como persona sujeta de derechos. A pesar de los derechos incorporados, se observan deficiencias en la aplicación de la norma, en la provisión de servicios y en el acceso a la justicia por parte de las víctimas de violencia de género, que expresan que en las denuncias y exposiciones que son revictimizadas tanto por los operadores jurídicos, de seguridad y de salud, demorando y ocultando pruebas y declaraciones de las víctimas, que impulsan el abandono de las denuncias y procesos judiciales.
A pesar de las normativas y políticas públicas en la región, persiste un sistema cultural patriarcal que toma forma en nuevos pactos de carácter paterno- fraterno que recupera la masculinidad perdida en las dos guerras mundiales, por los muertos varones en las dos guerras mundiales. La figura del pater familiae se restaura sumado al pacto fraterno, dando lugar al surgimiento de un neopatriarcado al decir de Valcárcel. Se restituye a ese padre simbólico que fue muerto en el contrato social, para reimplantarlo en pleno siglo XXI, con líderes autoritarios tanto en Europa y América Latina.
En San Juan como en otras provincias surgen estos padres-amos del Estado, padres con mayúscula, que ante todo se comprometen a restaurar la familia, ese líder que salvaguarda la masculinidad en el conjunto de los varones, a través de medidas como es el veto en la provincia de las leyes que defienden los derechos a las mujeres y a la diversidad.
Este pacto social moderno en toda América Latina se erige sobre las bases de un colonialismo nunca desterrado, constriñendo el desarrollo de derechos de las mujeres y la diversidad, con exclusión, muerte, violencia, silencios, sumisiones, resistencias y rebeldías.
Estos liderazgos neo-patriarcales, sean conservadores o populares, socavan los derechos sexuales, el aborto no punible, el cumplimiento de la ley nacional 26485/09 reemplazada por la legislación provincial de corte tradicional (7943/08 – 989-E/ 2016 Ley provincial de violencia familiar- San Juan), la no implementación de la ley 26150/06 de creación del Programa de educación integral con perspectiva de género, limitan las libertades e inclusión social que garantiza la ley de identidad de género 26743/12, mientras que consolidan la legitimidad de leyes que resguardan el concepto de familia como célula básica de la sociedad para salvar a “la patria con la cual se matrimonian” .
Finalmente hoy se debate en el país la vigencia de los derechos sexuales y reproductivos promovidos por la “Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito” (2004), que va de la mano con la aplicación efectiva de la Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir. Se presenta (por séptima vez consecutiva) después de 13 años de lucha, el 6 de marzo de este año, ante la Cámara de Diputados de la Nación el Proyecto de Ley de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).






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* Tejada
Instituutto de investigaciones SocioEconomicas-IISE-Facso UNSJ. San Juan, Argentina

* Avila
Instituto de Investigaciones Socioeconomicas-IISE-FACSO-UNSJ. San Juan, Argentina

* Mglioli
Instituutto de investigaciones SocioEconomicas-IISE-Facso UNSJ. San Juan, Argentina